La norma es la misma para quien vuela por ocio y para quien trabaja con un dron. Lo que cambia las obligaciones es el dron (su peso y su clase) y dónde y cómo vuelas. Aquí tienes primero qué te pide la ley según tu dron, luego las reglas básicas, cada trámite con su guía detallada, las edades, la privacidad y las multas.
Esta página resume y enlaza a nuestras guías de licencia, registro en AESA, seguro y mapa de ENAIRE Drones. Los datos son del texto de las normas y de las páginas de AESA y EASA, consultados el 22 de octubre de 2026.
Qué te pide la ley según tu dron
Mira la etiqueta de clase (C0, C1, C2…) en el dron o en su caja. Si no tiene, cuenta el peso: los drones vendidos antes de 2024 sin etiqueta vuelan en A1 si pesan menos de 250 g, y en A3 si pesan más.
Las normas que se aplican
- Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947: cómo se vuela en toda la UE: categorías, subcategorías, registro, certificados de piloto.
- Reglamento Delegado (UE) 2019/945: las clases de dron, de C0 a C6, y lo que tiene que cumplir cada una.
- Real Decreto 517/2024: las normas españolas sobre zonas geográficas, vuelos en ciudad, seguro y edades. El Tribunal Supremo anuló el 19 de junio de 2025 sus artículos 53 a 58, los del registro de drones del Ministerio del Interior, que ya no existe.
- Ley 21/2003 de Seguridad Aérea: las infracciones y las multas.
Las reglas básicas de la categoría abierta
Casi todos los drones de ocio, y muchos trabajos, vuelan en la categoría abierta, que no necesita permiso previo si cumples estas reglas (Reglamento 2019/947, artículo 4 y anexo):
- Menos de 25 kg de peso máximo al despegar.
- A la vista: sin perder el contacto visual con el dron, sin prismáticos ni pantalla. En A1, el modo sígueme permite alejarlo hasta 50 m.
- Hasta 120 m del punto más próximo del suelo. En espacio aéreo controlado, 60 m (Real Decreto 517/2024, artículo 42).
- Nunca sobre aglomeraciones de personas. Cuánto puedes acercarte a la gente depende de la subcategoría (A1, A2 o A3).
- No soltar nada desde el dron ni transportar mercancías peligrosas.
- De noche, con una luz verde intermitente encendida en el dron.
- Lejos de emergencias: no se vuela cerca de una operación de emergencia sin permiso de sus responsables.
Lo que no cabe en estas reglas, como volar fuera de la vista o en una zona acotada de una ciudad con un dron pesado, es categoría específica: necesita una declaración o una autorización de AESA. Lo explicamos en licencia de dron y en negocio de drones.
Lo que tienes que hacer, paso a paso
- Regístrate como operador en AESA si tu dron pesa 250 g o más, o si lleva cámara y no es un juguete. Es gratis y dura tres años: registro de operador en AESA.
- Saca el certificado de piloto que te corresponda: ninguno por debajo de 250 g, el A1/A3 desde la clase C1, el A2 para volar un C2 cerca de la gente. Todo en licencia de dron; practica con nuestros tests del A1/A3, el A2 y el STS.
- Contrata un seguro si vuelas en A2, en la categoría específica o con 20 kg o más: seguro de dron.
- Pon el número de operador en el dron y, si tiene identificación remota, cárgalo en ella: identificación remota.
- Antes de cada vuelo, consulta las zonas del sitio: aeropuertos, espacio controlado, infraestructuras, espacios naturales… Cómo usar ENAIRE Drones.
- En ciudad, avisa al Ministerio del Interior con al menos cinco días naturales de antelación y guarda las distancias: cómo volar un dron en la ciudad.
Normativa para drones de menos de 250 gramos
Los drones de menos de 250 g, como los DJI Mini, Neo o Flip, vuelan en la subcategoría A1 y son los que menos trámites piden, pero no están libres de normas:
- No necesitas certificado de piloto; basta con conocer el manual.
- Si llevan cámara, tienes que registrarte como operador, salvo que sean juguetes.
- Puedes pasar sobre personas sueltas, pero nunca sobre aglomeraciones.
- Las demás reglas se aplican igual: 120 m, a la vista, zonas de ENAIRE y aviso a Interior en ciudad.
Los modelos actuales, en los mejores drones de menos de 250 gramos.
Edades
En España, el Real Decreto 517/2024 (artículos 6 y 7) fija estas edades mínimas para pilotar:
| Dron | Edad mínima |
|---|---|
| Juguete | Ninguna |
| C0 que no es juguete, o menos de 250 g anterior a 2024 | 12 años |
| C1 en la subcategoría A1 | 14 años |
| El resto, y en la categoría específica | 16 años |
Para registrarse como operador hacen falta 16 años: con un piloto más joven, se registra el padre o la madre. Las edades rebajadas solo valen en España.
Privacidad
Un dron con cámara capta datos personales en cuanto alguien es reconocible en la imagen, aunque no aparezca su nombre (RGPD, artículo 4). Si grabas para uso exclusivamente personal o doméstico, el Reglamento General de Protección de Datos no se aplica (artículo 2). Si grabas por encargo o publicas con fines profesionales, sí: necesitas una base legal, como el consentimiento, y solo puedes grabar y guardar lo necesario.
Multas
Las infracciones con drones están en el artículo 45 ter de la Ley de Seguridad Aérea, que añadió la Ley 8/2025 y está en vigor desde el 20 de octubre de 2025. Entre ellas:
- volar sin registro o sin identificación;
- incumplir las normas de la categoría;
- entrar en una zona geográfica sin permiso;
- volar sin la formación exigida.
Según el artículo 55, las multas para un particular son:
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Leve | Apercibimiento o de 60 a 45.000 € |
| Grave | De 45.001 a 90.000 € |
| Muy grave | De 90.001 a 225.000 € |
Quien vuela con carácter comercial, a cambio de dinero, entra en una escala mayor: hasta 70.000 € las leves, hasta 250.000 € las graves y hasta 4,5 millones las muy graves.
Preguntas frecuentes
¿Qué dron puedo volar sin licencia en España?
Uno de menos de 250 g, de clase C0 o, si salió antes de 2024, sin etiqueta de clase. No necesitas certificado, pero si lleva cámara y no es un juguete tienes que registrarte como operador en AESA, y las demás normas (altura, zonas, ciudad) se aplican igual.
¿Hay que registrar un dron de menos de 250 gramos?
Si lleva cámara y no es un juguete, sí: se registra el operador en AESA, gratis, y el número va en el dron. Sin cámara, no.
¿Qué ha cambiado en la normativa de drones?
Los últimos cambios: el Tribunal Supremo anuló en junio de 2025 el registro de drones del Ministerio del Interior; los escenarios españoles STS-ES dejaron de valer el 31 de diciembre de 2025; y desde el 20 de octubre de 2025 la Ley de Seguridad Aérea tiene un artículo propio para las infracciones con drones (el 45 ter, añadido por la Ley 8/2025).
¿Cuánto es la multa por volar un dron sin cumplir la norma?
Según la Ley de Seguridad Aérea (artículo 55), para un particular: leves, apercibimiento o de 60 a 45.000 euros; graves, de 45.001 a 90.000 euros; muy graves, de 90.001 a 225.000 euros. Si vuelas por trabajo, los importes son mayores.
¿Puedo volar un dron en la playa?
Las playas con instalaciones de acceso público cuentan como entorno urbano (Real Decreto 517/2024, artículo 40), así que se aplican las reglas de la ciudad: aviso al Ministerio del Interior con cinco días naturales de antelación, distancias y nada de sobrevolar a la gente agrupada. Comprueba además las zonas en ENAIRE Drones.
Fuentes: Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 (artículos 4, 14 y 20, y anexo); Real Decreto 517/2024, artículos 6, 7, 8, 40 y 42; Ley 21/2003 de Seguridad Aérea, artículos 45 ter y 55 (texto consolidado, última actualización publicada el 30 de septiembre de 2025); Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), artículos 2 y 4; las fuentes de cada guía enlazada. Consultadas el 22 de octubre de 2026.