Las fotos aéreas enseñan lo que no se ve desde la calle: la parcela entera, la piscina, la orientación, lo cerca que está la playa o el centro. Por eso cada vez más inmobiliarias y propietarios las piden. Si quieres ofrecer el servicio, aquí tienes qué permisos pide en España y en México, qué dron conviene, cómo hacer las tomas y cómo calcular el precio, porque tarifas publicadas no hay.

Qué permisos necesitas en España

Cobrar no cambia la categoría

En la Unión Europea las normas de drones clasifican los vuelos por riesgo, no por si cobras. EASA lo dice claro en sus preguntas frecuentes: puedes prestar servicios, comerciales o no, en la categoría abierta si cumples todos sus requisitos (EASA, FAQ 116514). Una sesión de fotos de una casa, con el dron a la vista y por debajo de 120 m, cabe ahí. Lo que necesitas:

  • Registro de operador en AESA, con el número en el dron (cómo hacerlo).
  • El certificado que pida la clase del dron: ninguno con un C0 de menos de 250 g; el A1/A3, gratuito y en línea, con un C1; y además el A2 para volar un C2 cerca de personas. Lo explicamos en licencia de dron.
  • Alta como autónomo o factura a través de una empresa, como cualquier trabajo: lo vemos en negocio de drones.

Solo pasas a la categoría específica si el trabajo se sale de la abierta: fuera de la vista, sobre una concentración de personas o con un dron que la abierta no admite ahí. Para eso están el escenario estándar STS y la declaración operacional.

Si la casa está en zona urbana

Casi todos los pisos y muchas casas están en lo que el artículo 40 del Real Decreto 517/2024 llama entorno urbano: núcleos de población, urbanizaciones con calles, aceras, alcantarillado y alumbrado, parques y playas con instalaciones. Ahí se suman tres reglas:

  1. Aviso al Ministerio del Interior con al menos cinco días naturales de antelación (artículo 40.3.a), con el formulario de su sede electrónica. Un aviso cubre hasta cinco días de vuelos. Para tu agenda significa que no puedes aceptar un encargo urbano para mañana. Cómo se hace, en volar un dron en la ciudad.
  2. Nada de sobrevolar edificios, casas ni viviendas, incluidos sus patios, jardines y zonas de recreo (artículo 40.3.b). Con un C1 de 250 g o más, además, a 5 m de los edificios; con un C2, a 30 m, o a 5 m con el modo de baja velocidad.
  3. El titular puede eximirte. El dueño o administrador del edificio o la casa puede autorizarte, antes del vuelo, a sobrevolarlo o a acercarte más (artículo 40.4). Pide al propietario que vende esa autorización por escrito. Solo vale para su casa: las de los vecinos siguen prohibidas sin el permiso de sus dueños, así que planifica las tomas para no pasar por encima de ellas.

Si la casa está en el campo

Fuera del entorno urbano no hay prohibición de sobrevolar casas ni aviso a Interior, pero sí:

  • Permiso para despegar desde la finca: si es la que fotografías, el dueño ya te lo da con el encargo. Lo explicamos en volar un dron sobre una propiedad privada.
  • Zonas geográficas: aeropuertos, aeródromos, espacios naturales protegidos o zonas de fotografía restringida. Mira la dirección en el mapa de ENAIRE Drones antes de aceptar el encargo, no el mismo día.

Seguro e imágenes

La ley solo exige seguro en la subcategoría A2, en la categoría específica y con drones de 20 kg o más (artículo 8 del Real Decreto 517/2024). Aun así, si en un trabajo pagado el dron rompe una ventana o daña un coche, lo paga el operador: con un seguro de responsabilidad civil trabajas tranquilo y das confianza al cliente (seguro de dron).

Las fotos de una casa a la venta pueden captar vecinos, matrículas y jardines ajenos. La guía de drones de la AEPD pide respetar las zonas privadas y, si no se puede evitar captar a personas o matrículas, borrarlas en la edición antes de publicar (guía de la AEPD). Más sobre privacidad en fotografía con drones.

Qué permisos necesitas en México

En México, hacer fotos por encargo es uso comercial según la NOM-107-SCT3-2019, porque se hace con fines de lucro. Lo que te pide depende del peso del dron con todo lo que lleva:

Tu dron Qué necesitas para trabajar
250 g o menos (DJI Mini 5 Pro con batería normal) Seguro de responsabilidad civil vigente; puede pasar sobre personas
Más de 250 g y hasta 2 kg (DJI Air 3S, Mavic 4 Pro) Registro en la AFAC y seguro, con copia de los dos en el lugar del vuelo; a 10 m de las personas y sin pasar sobre ellas
Más de 2 kg y hasta 25 kg Registro, autorización de operación y autorización de piloto de la AFAC, manual de operación y seguro aprobado por la AFAC

Y para todos: solo de día, con el dron a la vista, hasta 122 m de altura y a más de 9.2 km de cualquier aeródromo. Esto último descarta muchas zonas residenciales cerca de aeropuertos; mide la distancia antes de dar precio. La NOM no prohíbe sobrevolar casas, pero te hace responsable de los daños y del uso de las imágenes, y te obliga a respetar la privacidad (numeral 4.11). Todo el detalle, el registro paso a paso y las multas, en normativa de drones en México; qué sitios dan problemas, en dónde volar un dron en México.

Otros países: en Colombia, cobrar por volar es categoría específica con cualquier peso (normativa de drones en Colombia); el resto, en normativa de drones en Latinoamérica.

Qué dron conviene

No hace falta un dron caro para fotografiar casas, pero sí uno con buena cámara, fotos en RAW y que te complique poco los trámites:

  • Menos de 250 g y clase C0, como el DJI Mini 5 Pro con su batería normal: sensor de 1 pulgada y 249,9 g. En la UE no pide certificado; en México solo el seguro, sin registro. Con la batería Plus pasa de 250 g y cambia de clase (análisis del Mini 5 Pro).
  • Con teleobjetivo, como el DJI Air 3S (clase C1, 724 g): el tele de 70 mm deja fotografiar la casa desde más lejos, sin acercarte a los vecinos. Pide el certificado A1/A3 en la UE y el registro en la AFAC en México.
  • Cámara que gira 90° para grabar en vertical sin recortar, si el cliente quiere vídeo para Reels o historias: lo hacen el Mini 4 Pro, el Mini 5 Pro y el Mavic 4 Pro (grabar en vertical con un dron).

Compara peso, cámara y clase de cada uno en el comparador de drones, o mira los mejores drones para fotografía aérea.

Cómo hacer las fotos

  • Mira el sitio en el mapa antes de ir. Zonas de ENAIRE o distancia a aeródromos en México, si es entorno urbano (y por tanto aviso a Interior), dónde vas a despegar y qué casas vecinas no puedes sobrevolar.
  • Elige la hora por el sol. Con el sol detrás de ti, la fachada sale iluminada. Mira hacia dónde da la casa y ve a la hora en que el sol le da de frente. Las horas cercanas al amanecer y al atardecer dan luz más cálida y sombras más suaves que el mediodía. En México, recuerda que solo puedes volar de día.
  • Varias alturas. Una toma baja y casi horizontal para la fachada, otra más alta para enseñar la parcela y otra todavía más alta que sitúe la casa en su entorno (la playa, el campo de golf, el centro). Si tienes permiso para sobrevolarla, una cenital enseña bien la distribución del jardín y la piscina.
  • Líneas rectas. Con la cámara horizontal, las paredes salen verticales; si inclinas la cámara hacia abajo, los edificios parecen caerse hacia atrás. Para la fachada, cámara recta y sube o baja el dron.
  • Lo que interesa al comprador. Los límites de la parcela, la orientación, el acceso, las vistas y lo que hay cerca. Un plano que muestre a cuántos minutos está algo importante vale más que diez fotos del tejado.
  • Contraluces y cielos. En escenas con mucho contraste, haz varias exposiciones o dispara en RAW para recuperar luces y sombras al editar. No cambies lo que el comprador va a ver al llegar: retocar el cielo es habitual; borrar una torre eléctrica, no.
  • Vídeo corto, también en vertical. Un plano que se aleja despacio de la casa o un travelling lateral de la fachada suelen bastar. Si la agencia publica en redes, entrega también una versión 9:16 (grabar en vertical). Cómo grabar planos suaves, en vídeos cinematográficos con dron.
  • Viento y lluvia. Si hace mal tiempo, reprograma: las fotos salen peor y el riesgo sube (drones resistentes al viento, volar con lluvia).

Cuánto cobrar

En España y México nadie publica tarifas de fotografía inmobiliaria con dron que podamos citar, y las cifras que circulan son de Estados Unidos, en dólares. En vez de copiar un precio, calcúlalo como explicamos en cuánto cobrar por un trabajo con dron. Allí hay un ejemplo de este mismo trabajo (15 fotos y un vídeo de un minuto de una casa a 25 km): con cifras supuestas, salía a unos 190 € o unos $1,840 pesos antes de impuestos, y la hora de vuelo era solo una de cinco.

Lo que cambia el precio en este tipo de encargo:

  • Por propiedad o por pack. Una agencia que vende muchas casas puede preferir un precio mensual por un número de propiedades; un particular, un precio cerrado por la suya.
  • Qué entregas. Número de fotos editadas, si hay vídeo y de cuánto, si va también en vertical y en qué plazo.
  • Si se combina con fotos de interior, que llevan más tiempo de preparación y edición.
  • Trámites. En España, el tiempo del aviso a Interior y de pedir la autorización de sobrevuelo al dueño; un encargo urgente en zona urbana no se puede hacer antes de cinco días. En México, comprobar aeródromos y, si tu dron pasa de 250 g, tener al día el registro.
  • Desplazamiento y repetición por mal tiempo: deja escrito si se reprograma sin coste.
  • Derechos de uso de las imágenes: quién puede usarlas (la agencia, el propietario, los portales) y durante cuánto tiempo.

Si quieres dedicarte a esto, en cuánto gana un piloto de drones tienes lo que pagan las ofertas de empleo, y en cómo ser piloto de drones profesional, la formación en cada país.

Qué pedir al cliente antes del vuelo

  • La dirección exacta y un plano de la parcela, para comprobar zonas y límites.
  • Autorización por escrito para sobrevolar la casa, si está en entorno urbano en España.
  • Acceso a la finca para despegar y aterrizar, y si habrá gente en la casa ese día.
  • Qué quiere destacar y si hay algo que no deba salir (vecinos, vehículos, una obra).
  • Para qué y dónde se usarán las imágenes, para fijar los derechos de uso en el presupuesto.

Preguntas frecuentes

¿Necesito licencia para hacer fotos inmobiliarias con dron en España?

No hay una licencia profesional aparte. EASA confirma que se puede trabajar por encargo en la categoría abierta si se cumplen sus requisitos. Necesitas el registro de operador en AESA y el certificado que pida tu dron: ninguno con un C0 de menos de 250 g, el A1/A3 con un C1 y además el A2 para volar un C2 cerca de personas.

¿Puedo sobrevolar la casa que voy a fotografiar?

En España, si la casa está en entorno urbano, la categoría abierta prohíbe sobrevolar edificios, casas, patios y jardines, pero el titular puede eximirte antes del vuelo (artículo 40.4 del Real Decreto 517/2024). Pide al dueño esa autorización por escrito. Las casas vecinas siguen prohibidas sin el permiso de sus titulares. En el campo esa prohibición no existe, pero necesitas permiso para despegar desde la finca.

¿Cuánto se cobra por fotos con dron para una inmobiliaria?

No hemos encontrado precios públicos de este servicio en España ni en México. Calcula el tuyo con tus horas (preparación, desplazamiento, vuelo y edición), la amortización del dron, el seguro, los trámites y un margen. En nuestro ejemplo, con cifras supuestas, 15 fotos y un vídeo de un minuto salían a unos 190 € o unos $1,840 pesos antes de impuestos.

¿Qué permisos necesito en México para fotografiar casas con dron?

Cobrar por las fotos es uso comercial según la NOM-107-SCT3-2019. Con un dron de hasta 250 g, un seguro de responsabilidad civil vigente. De más de 250 g y hasta 2 kg, registro en la AFAC y seguro, sin pasar sobre personas. De más de 2 kg, autorización de operación y de piloto de la AFAC. Siempre de día, a la vista y a más de 9.2 km de cualquier aeródromo.

¿Qué dron es mejor para fotografía inmobiliaria?

Para empezar con menos trámites, uno de menos de 250 g con buena cámara, como el DJI Mini 5 Pro con su batería normal (clase C0 y sensor de 1 pulgada). Si necesitas teleobjetivo para fotografiar desde más lejos, el Air 3S (clase C1, pide el certificado A1/A3 en la UE y registro en México).

Fuentes: EASA, FAQ 116514 (servicios comerciales en la categoría abierta); Real Decreto 517/2024, artículos 8 y 40; AEPD, Drones y protección de datos; NOM-107-SCT3-2019, numerales 4.10, 4.11, 5 y 6; fichas de DJI del Mini 5 Pro y el Air 3S. Consultadas el 27 de octubre de 2026.